Envío electrónico de la Planilla del IVA

Hola amigos

Como van con su planilla del IVA?
Quiero comentarles que la presentación de la Planilla del IVA, no es una obligación de los contribuyentes, sino todo lo contrario, es un derecho que los contribuyentes que están en relación de dependencia tienen, de acuerdo a lo que establece el Decreto 10-2012 en el art. 72 literal a, el cual indica que las personas individuales en relación de dependencia, pueden deducir de su renta neta, lo siguiente:
a. Hasta sesenta mil Quetzales (Q.60,000.00), de los cuales cuarenta y ocho mil Quetzales (Q.48,000.00), corresponden a gastos personales sin necesidad de comprobación alguna; y, doce mil Quetzales (Q.12,000.00) que podrá acreditar por el Impuestos al Valor Agregado pagado en gastos personales, por compras de bienes o adquisición de servicios, durante el período de liquidación definitiva anual.  Este crédito se comprobará mediante la presentación de una planilla que contenga el detalle de las facturas, que estarán sujetas a verificación por parte de la Administración Tributaria.
La elaboración de la Planilla del IVA, la deben hacer a través de la herramienta PlanIVA, versión 1.2.7, la cual pueden encontrarla en el portal de SAT, y si tienen la o las versiones anteiores de la herramienta, deben aplicar a todas las actualizaciones que sean necesarias hasta que lleguen a la vigente. 
Para aquellos amigos, que ya terminaron su planilla y deben enviarla de forma electrónica, les comparto el enlace de la página de SAT, para que puedan seguir los pasos y poder hacer el envío.

http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/institucion/noticias/32-tributarias/8197-procedimiento-para-envio-electronico-de-la-planilla-de-iva.html

Recuerden que el día viernes 16 de enero 2015, es el último día que pueden enviar su planilla del IVA, así que no lo dejen a ultima hora!! Tomen en cuenta que ese día también vencen otros impuestos, por lo que el servicio de SAT puede ser lento.

Importante:  No te olvides de imprimir tu notificación electrónica de recepción de planilla del IVA pagado, la cual debes entregar a tu Patrono como constancia que has enviado tu planilla del IVA y poder acreditar el monto a tu declaración definitiva del ISR del año 2014.

Hasta la próxima publicación.

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